1
Y JEHOVA habló á Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:
2
Habla á los hijos de Israel , y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra hará sábado á Jehová .
3
Seis años sembrarás tu tierra, y Seis años podarás tu viña, y cogerás sus frutos;
4
Y el séptimo año la tierra tendrá sábado de holganza, sábado á Jehová : no sembrarás tu tierra , ni podarás tu viña.
5
Lo que de suyo se naciere en tu tierra segada, no lo segarás; y las uvas de tu viñedo no vendimiarás: año de holganza será á la tierra .
6
Mas el sábado de la tierra os será para comer á ti, y á tu siervo , y á tu sierva, y á tu criado, y á tu extranjero que morare contigo:
7
Y á tu animal , y á la bestia que hubiere en tu tierra , será todo el fruto de ella para comer .
8
Y te has de contar siete semanas de años, siete veces siete años; de modo que los días de las siete semanas de años vendrán á serte cuarenta y nueve años.
9
Entonces harás pasar la trompeta de jubilación en el mes séptimo á los diez del mes ; el día de la expiación haréis pasar la trompeta por toda vuestra tierra .
10
Y santificaréis el año cincuenta , y pregonaréis libertad en la tierra á todos sus moradores: este os será jubileo; y volveréis cada uno á su posesión, y cada cual volverá á su familia .
11
El año de los cincuenta años os será jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos:
12
Porque es jubileo: santo será á vosotros; el producto de la tierra comeréis.
13
En este año de jubileo volveréis cada uno á su posesión.
14
Y cuando vendiereis algo á vuestro prójimo, ó comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano :
15
Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él á ti.
16
Conforme á la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme á la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los rendimientos te ha de vender él.
17
Y no engañe ninguno á su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios : porque yo soy Jehová vuestro Dios .
18
Ejecutad, pues, mis estatutos , y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;
19
Y la tierra dará su fruto , y comeréis hasta hartura, y habitaréis en ella con seguridad.
20
Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? he aquí no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos:
21
Entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará fruto por tres años.
22
Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.
23
Y la tierra no se venderá rematadamente, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
24
Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención á la tierra .
25
Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, vendrá el rescatador, su cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido .
26
Y cuando el hombre no tuviere rescatador, si alcanzare su mano , y hallare lo que basta para su rescate;
27
Entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón á quien vendió, y volverá á su posesión.
28
Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva á él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá á su posesión.
29
Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta: un año será el término de poderse redimir.
30
Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad murada quedará para siempre por de aquel que la compró, y para sus descendientes: no saldrá en el jubileo.
31
Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como una haza de tierra : tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
32
Pero en cuanto á las ciudades de los Levitas, siempre podrán redimir los Levitas las casas de las ciudades que poseyeren.
33
Y el que comprare de los Levitas, saldrá de la casa vendida, ó de la ciudad de su posesión, en el jubileo: por cuanto las casas de las ciudades de los Levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel .
34
Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
35
Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere á ti, tú lo ampararás: como peregrino y extranjero vivirá contigo.
36
No tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios , y tu hermano vivirá contigo.
37
No le darás tu dinero á usura, ni tu vitualla á ganancia:
38
Yo Jehová vuestro Dios , que os saqué de la tierra de Egipto , para daros la tierra de Canaán , para ser vuestro Dios .
39
Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere á ti, no le harás servir como siervo :
40
Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
41
Entonces saldrá de contigo, él y sus hijos consigo, y volverá á su familia , y á la posesión de sus padres se restituirá.
42
Porque son mis siervos , los cuales saqué yo de la tierra de Egipto : no serán vendidos á manera de siervos .
43
No te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios .
44
Así tu siervo como tu sierva que tuvieres, serán de las gentes que están en vuestro alrededor: de ellos compraréis siervos y siervas.
45
También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra , que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión:
46
Y los poseeréis por juro de heredad para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; empero en vuestros hermanos los hijos de Israel , no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.
47
Y si el peregrino ó extranjero que está contigo, adquiriese medios, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino ó extranjero que está contigo, ó á la raza de la familia del extranjero ;
48
Después que se hubiere vendido , podrá ser rescatado: uno de sus hermanos lo rescatará;
49
O su tío, ó el hijo de su tío lo rescatará, ó el cercano de su carne , de su linaje, lo rescatará; ó si sus medios alcanzaren, él mismo se redimirá.
50
Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió á él hasta el año del jubileo: y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un criado asalariado.
51
Si aún fueren muchos años, conforme á ellos volverá para su rescate del dinero por el cual se vendió.
52
Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y devolverá su rescate conforme á sus años.
53
Como con tomado á salario anualmente hará con él: no se enseñoreará en él con aspereza delante de tus ojos .
54
Mas si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él.
55
Porque mis siervos son los hijos de Israel ; son siervos míos, á los cuales saqué de la tierra de Egipto : Yo Jehová vuestro Dios .